domingo, 26 de junio de 2011

Introduccion al Derecho




NOCION DEL DERECHO. ACEPCIONES. CONCEPTO.


La palabra derecho etimológicamente proviene de la palabra latina Directus” que significa “lo recto, lo que esta en pie, que está en línea recta, recto, derecho, En sentido figurado la palabra derecho hace referencia a un punto o meta y significa lo que esta conforme a la regla, a la norma, a la ley, entonces a raíz latina hace referencia  al derecho como norma o conjunto de normas.

En otros idiomas, sobre todo en a las lenguas romances que se originan, al igual que en ele español, del latín mantiene la palabra “derecho” su etimología y del mismo sentido su rectitud. En Italiano, Frances ty romano y Portugués “derecho” se dice respectivamente “diritto”, “droit”, “dreup”., “directo”. Idiomas con influencia latina pero que mantiene esa idea son el alemán “recht” y el Ingles “right”. Sin  embargo esta ultima lengua hay mas de una palabra  para referirse al derecho que sería “law” lo cual indica que derecho tiene, mas de un significado, facilitándose así el reconocimiento del carácter multívoco de tal palabra, situación que no se da en el español, donde un único termino sirve para referirse a todas sus acepciones.

Concepto

Es un conjunto de normas jurídicas, creadas por el poder legislativo para regular la conducta externa de los hombres de sociedad.

Es un conjunto de normas principios e instituciones que rigen, de manera obligatoria, el actual social del hombre para alcanzar la justicia, la seguridad y el bien común.

Es un conjunto de normas jurídicas que aplican exclusivamente de los hombres que viven dentro de un a sociedad. 

Derecho natural y derecho positivo

El derecho se llama natural, cuando nos referimos al conjunto  de principios morales dados a cualquier autoridad que rigen en cualquier lugar y momento de la historia de los que se derivan parámetros de justicia, estamos hablando del denominado


El derecho positivo es cuando las normas o conjunto de normas son producidas de acuerdo con procedimientos determinados para ello por la autoridad competente en un momento, lugar histórico determinados y de los cuales derivan facultades y prerrogativas en relación a los sujetos que lo dirigen. Es al que algunos han considerado como sinónimo de justicia. 


Derecho objetivo y derecho subjetivo


Derecho objetivo: De la palabra latina “objetum”. Se define como: el conjunto de normas imperativo – atributivas que rigen la conducta humana en la vida social.
También se puede definir como las normas que rigen el actuar del hombre dentro de la sociedad  y ella misma; a su vez se divide en dos grupos público y privado. Ella  tiene mucha vinculación con otras ciencias o profesiones  del ser humano.

El derecho objetivo se identifica por lo tanto como el “derecho norma”. Cada norma jurídica es derecho objetivo.

Derecho subjetivo: Del latin “sub-iectum”. Es el poder concedido a una persona (individual o colectivo) por el derecho objetivo, de hacer poseer algo.

Cuando el derecho faculta a la conducta propia de hacer algo, o sea la facultad de hacer.

Derecho Vigente  e Histórico

Derecho Vigente: Es el derecho positivo que rige en un momento histórico determinado.

Derecho no Vigente o Histórico: Es cuando la autoridad tiene la facultad de derogar una norma jurídica, es decir retirarle su vigencia al derecho objetivo.

Derecho Público y Privado

Derecho Público: Es el conjunto de normas que regulan la organización del Estado y los demás entes políticos menores (estado, distrito, municipios) y disciplinan las relaciones  entre los ciudadanos y estas organizaciones políticas.
En el derecho público el estado actúa provisto de su soberanía, y en el, el estado se encuentra por encima de los ciudadanos.

Derecho Privado: Es el conjunto de normas que regulan las relaciones de los particulares entre si o las relaciones entre estos y el estado o los demás entes políticos menores con tal que estos no ejerzan en la relación funciones de poder político o soberano.
El derecho privado trata de los asuntos de los individuos y las relaciones de estos con el estado, pero en este caso el estado esta al igual que el ciudadano sin ninguna ventaja y despojado de su poder soberano.







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